¿Qué pasa con las deudas cuando muere el titular de un crédito? Esto deben saber las familias
La muerte de un familiar que tenía obligaciones financieras genera una pregunta frecuente: ¿qué pasa con sus deudas? Antes de asumir que los familiares deben continuar pagando el crédito, es importante revisar las condiciones de la obligación y, especialmente, si esta contaba con un seguro de vida deudores.
Este tipo de seguro está asociado directamente al crédito y puede cubrir la obligación ante el fallecimiento del titular, de acuerdo con las condiciones establecidas en la póliza. Por eso, ante una situación de este tipo, la recomendación es verificar primero qué cobertura tenía el crédito y cuál es el procedimiento para hacerla efectiva.

En el caso de Coasmedas, todos los créditos cuentan con seguro de vida deudores. Ante el fallecimiento de un asociado, se inicia el proceso correspondiente para determinar la aplicación de la cobertura, según las condiciones de la póliza.
Es importante diferenciar este seguro de las coberturas destinadas a proteger bienes.
Mientras el seguro de vida deudores está relacionado con la obligación crediticia ante el fallecimiento del titular, los seguros patrimoniales están orientados a proteger determinados bienes frente a los riesgos contemplados en cada póliza.
¿Y qué ocurre cuando la emergencia no está relacionada con una deuda?
Una calamidad familiar, una enfermedad, una incapacidad o el fallecimiento de un asociado también pueden generar un impacto económico significativo.
En estos casos, además de revisar los seguros contratados, es importante conocer los mecanismos de solidaridad disponibles. El Fondo de Solidaridad de Coasmedas contempla diferentes auxilios para sus asociados ante situaciones como fallecimiento, calamidad, enfermedad, incapacidad e invalidez, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos.
Entre estos mecanismos se encuentra el Auxilio por Calamidad, que puede representar entre 1,5 y 3 SMMLV, dependiendo de la evaluación del caso. También existe el Préstamo Solidario por Calamidad, sujeto a los requisitos correspondientes.
En situaciones de fallecimiento se contemplan, entre otros, el Auxilio en Memoria del Asociado Fallecido, por $7,2 millones, y el Auxilio Funerario, por $3,6 millones, de acuerdo con las condiciones establecidas. En los casos contemplados por el reglamento también existe un Auxilio Educativo de $550.000 mensuales para hijos beneficiarios.
La recomendación: revisar la protección antes de asumir una obligación
Ante el fallecimiento de un titular de crédito, las familias deberían evitar asumir automáticamente que tendrán que responder por la deuda. El primer paso es identificar las condiciones del crédito, revisar los seguros asociados y consultar el procedimiento establecido por la entidad financiera o cooperativa.
De igual manera, conocer los mecanismos de solidaridad disponibles puede ser determinante para afrontar económicamente una situación inesperada.
Seguro de vida deudores, seguro patrimonial y auxilios solidarios cumplen funciones diferentes. Identificar qué protección se tiene puede ayudar a las familias a tomar decisiones informadas en momentos de especial vulnerabilidad.
Los auxilios, montos, requisitos y condiciones están sujetos a los reglamentos vigentes y a la evaluación de cada caso.










































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