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¿Qué deben hacer las empresas que están en quiebra por la pandemia?

  • Foto del escritor: Juan K LiBre
    Juan K LiBre
  • 29 jul 2020
  • 3 Min. de lectura
  • El proceso de salvamento empresarial es una alternativa clave que tienen las empresas que están a punto de quebrar por la crisis que generó el COVID19.

  • Los gastos y los tiempos de este proceso son mucho más bajos comparados con otros procesos judiciales.

  • Al empezar un proceso de salvamento empresarial, las obligaciones de las empresas se difieren para su pago a 5, 10, 15 o 20 años, se obtiene plazos de gracia de 3, 4 o hasta 5 años y sus activos no podrán ser rematados.

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Toda crisis es una oportunidad. Esa es la consigna de las empresas en Colombia luego de que la pandemia de COVID19 golpeara la economía mundial y local. Mantener la producción y los empleos formales son la prioridad.


Las cifras de crecimiento económico calculadas por Fedesarrollo para 2020 en enero (antes de la pandemia) era de 3,5%, hoy son de 2,5% en el mejor de los casos y 0,4% en el peor. El DANE viene dando cifras de desempleo que superan el 19% mes a mes, desde abril.


Según la ANDI, el 70% de las empresas están en riesgo de quiebra. Ya hay algunas empresas de diversos sectores económicos que están acogiéndose a la ley de quiebra.

El experto en salvamento empresarial y gerente general de Buitrago & Asociados Abogados Asesores, Enrique Buitrago Garzón afirma que “la Superintendencia de Sociedades desde el 1 de abril al 3 de julio ha recibido 155 solicitudes de admisión a procesos de insolvencia de los cuales 118 solicitaron estar en un proceso de reorganización y 37 en uno de liquidación. Estas empresas generan 4.900 empleos”.


Pero ¿qué pueden hacer las empresas para superar la quiebra y evitar su cierre? Las empresas en Colombia han sido fuertemente afectadas por la crisis que genera la pandemia de COVID19 que ya deja cientos de muertos y miles de infectados. Nuestro país cuenta con un sistema normativo dirigido a que tanto las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas logren su salvamento.


Requisitos

Deberá demostrarse el incumplimiento de dos o más obligaciones por 90 días o más o la existencia de dos o más procesos ejecutivos en contra de la compañía, sin importar el tamaño de las obligaciones incumplidas. Demostrando uno cualquiera de los supuestos será beneficiario del régimen de insolvencia.


El término para que se confirme un acuerdo de reorganización va de tres a diez meses dependiendo el camino procesal que se escoja. Es importante un buen asesoramiento en dicho propósito.


Los gastos de este proceso son mucho más bajos comparados con otros procesos judiciales. Se reducen al pago de una tasa determinada por el valor de los activos de la compañía (para las Cámaras de Comercio) y en el caso que el escenario sean las Superintendencias o el Juez Civil del Circuito se contemplarán los honorarios del promotor en el evento en que el juez lo designe.


Beneficios

Algunos de los beneficios de empezar un proceso de salvamento empresarial son:

-No se podrán presentar ni continuar demandas ejecutivas ni de restitución, incluidos los cobros coactivos de la DIAN o la UGPP, en contra de la compañía.

- Se impide el remate de los activos societarios.  

-No hay lugar al pago de intereses ni intereses sobre los mismos.

- Celebrar el acuerdo y obtener su confirmación en no más de 3 meses. 

- Celebrar acuerdos por categorías de acreedores sin necesidad de vincular a la totalidad.

-Se obtienen plazos de gracia de 1 a 5 años, sin pago de capital ni intereses, entre otros.  


Casos de interés nacional e internacional

Los casos de salvamento empresarial más significativos de los últimos meses son los de Independiente Santa Fe, Pedro Gómez y Cia, Avianca y Tostao.


Las causas han sido diferentes y van desde un lastre de obligaciones vencidas por más de 90 días superiores al 15% de su pasivo total hasta la parálisis del giro ordinario de los negocios debido a la orden de confinamiento por el Covid 19, situación en la que aproximadamente el 80% de las empresas nacionales y multinacionales se encuentran actualmente.


El caso de Tostao es de los primeros en ser admitidos a la luz de la legislación extraordinaria que el Gobierno Nacional ha expedido con ocasión de la declaratoria de Emergencia Económica, Ecológica y Social declarada mediante el Decreto 417 de 2020, lo cual le va a dar importante agilidad y beneficios en el marco de la negociación del respectivo acuerdo. 

Finalmente, Buitrago reconoce que “el salvamento empresarial es una alternativa clave para sostener el funcionamiento de las empresas y no generar una oleada de despidos”.

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